Descargo de multas Comunales

Digesto de Tramites

Realizar el descargo por parte de un vecino de infracciones y contravenciones con notificación administrativa emitidas por el Juzgado de Faltas de Villa Amancay, dentro de los 5 días de la notificación.

¿Quién puede realizar el trámite?

Cualquier persona que haya sido notificada de algún hecho contravencional, con notificación administrativa del Juzgado de Faltas de Villa Amancay, dentro de los 5 días de notificado. Puede ser gestionado por el titular o el apoderado.

¿Cómo se realiza el trámite?

  • De manera presencial.

¿Requiere turno para iniciar el trámite?

Sí, se otorga en la dependencia Comunal, por orden de llegada.

Contacto y horarios de atención

Podrá iniciar el trámite en la dependencia:

Juzgado de Faltas

  • Dirección: Los Horneros 545

  • Horario: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 hs.

  • Teléfono: 3546-405512

  • Correo electrónico: info@comunadeamancay.com

Requisitos y documentación necesaria

  • Presentar DNI y fotocopia.

  • Completar Formulario de Descargo el día del trámite.

  • Para multas de tránsito, presentar licencia de conducir original y fotocopia.

  • Presentar acta de multa.

  • Presentar pruebas para el descargo.

  • Presentar Poder, en caso de ser gestionado por el apoderado.

Pasos para realizar el trámite

  1. Quien realiza el trámite se presenta en el Juzgado de Faltas y saca turno por orden de llegada.

  2. Espera ser atendido y presenta la documentación correspondiente al trámite al agente del Juzgado de Faltas.

  3. Completar y firmar Formulario de Descargo entregado por el agente del Juzgado de Faltas. Se le informa que el trámite fue iniciado y que el Juez de Faltas se expedirá en el plazo máximo de 10 días hábiles.

  4. Recibe una notificación por correo postal por parte del Juzgado de Faltas informando si la resolución del Juez fue una absolución o condena:

    • En caso de absolución, finaliza el trámite con la notificación.

    • En caso de condena, puede:

      • a) Abonar la multa en el plazo de 10 días hábiles desde que se notificó. Si tiene vehículo o bien demorado, debe presentar el comprobante de pago al agente del Juzgado de Faltas para que el Juez de Faltas libere el bien.

      • b) No abonar la multa en el plazo de 10 días hábiles y declararse en rebeldía. En este caso, el Juzgado de Faltas deriva el expediente a Procuración Fiscal para su tratamiento.

Resultado del trámite

La absolución o condena de la multa, según corresponda.

Vigencia

La absolución no tiene vencimiento, mientras que la condena prescribe a los 2 años.